Resumen ejecutivo
El Consejo Directivo de Osinergmin, mediante la Resolución N° 179-2025-OS/CD de Lima, 18 de diciembre de 2025, dispone la publicación del proyecto de resolución que califica los sistemas de distribución eléctrica de diversas empresas en sectores típicos, establece un plazo de veinte (20) días para que los interesados presenten observaciones y encarga a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de los comentarios.
Antecedentes
Las tarifas de distribución del servicio público de electricidad se fijan mediante el Valor Agregado de Distribución (VAD) cada cuatro años. El artículo 66 del Decreto Ley N° 25844 (LCE) determina el cálculo individual del VAD para concesionarias con más de 50 000 suministros y el cálculo agrupado para el resto, bajo el procedimiento del Reglamento de la LCE (DS N° 009‑93‑EM). Las resoluciones N° 189‑2022‑OS/CD y N° 187‑2023‑OS/CD están próximas a vencer, por lo que se requiere la nueva calificación de los sistemas antes de fijar los VAD para los periodos noviembre 2026‑octubre 2030 y noviembre 2027‑octubre 2031.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 18/12/2025 | Sesión del Consejo Directivo (N° 30‑2025) | — | Deliberación y aprobación de la publicación del proyecto de resolución. |
| 18/12/2025 | Emisión de Resolución de Consejo Directivo | OS CD N° 179‑2025‑OS/CD | Ordena la publicación del proyecto y fija plazo de comentarios. |
| 18/12/2025 | Emisión de informes técnicos y legales | Informe Técnico N° 873‑2025‑GRT/OS Informe Legal N° 874‑2025‑GRT/OS |
Fundamentan la decisión del Consejo. |
| Post‑18/12/2025 | Publicación de la resolución en El Peruano y portal www.gob.pe/osinergmin | — | Da inicio al plazo de 20 días para recepción de observaciones. |
| 08/01/2026 (20 días después) | Vencimiento del plazo de comentarios | — | Se recopilan y analizan los aportes recibidos por la GRT. |
Fundamento legal
- Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (art. 66).
- Decreto Supremo N° 009‑93‑EM, Reglamento de la LCE (RLCE).
- Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (DS 004‑2019‑JUS).
- Resolución del Consejo Directivo OS CD N° 179‑2025‑OS/CD.
Decisión y efectos
- Publicar en la página web de Osinergmin el proyecto de resolución que califica los sistemas de distribución eléctrica (artículo 1).
- Conceder un plazo de veinte (20) días calendario desde la publicación en el diario oficial El Peruano para que los interesados presenten observaciones por vía electrónica, física o correo electrónico (artículo 2).
- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas la recepción, análisis y posterior presentación de la propuesta final al Consejo Directivo (artículo 3).
- Incluir en la publicación los Informes Técnicos N° 873‑2025‑GRT/OS y N° 874‑2025‑GRT/OS como documentos integrales de la resolución (artículo 4).
Impacto
La publicación del proyecto de resolución permite a los operadores de distribución eléctrica, usuarios y demás partes interesadas revisar y aportar al proceso de calificación, reduciendo el riesgo de errores en la determinación del VAD. El avance de este proceso es esencial para fijar las tarifas de distribución vigentes en los períodos 2026‑2030 y 2027‑2031, asegurando la continuidad del suministro y la predictibilidad económica del sector.