Resumen ejecutivo
Con Resolución Ministerial N° 417‑2025‑MINEM/DM, publicada el 5 de diciembre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas otorga a Illapu Energy S.A. una concesión temporal de veinticuatro (24) meses para desarrollar estudios de factibilidad del proyecto eólico “Parque Eólico Don Jorge V”, con una capacidad instalada de 64.8 MW. La zona de concesión comprende los distritos de Saña, Reque y Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, y se delimita mediante coordenadas UTM (WGS‑84) detalladas en la tabla de coordenadas. La decisión se fundamenta en el artículo 23 del Decreto‑Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) y su Reglamento (DS 009‑93‑EM), entre otros instrumentos normativos.
Antecedentes
El expediente N° 27423945 contiene la solicitud de otorgamiento de la concesión temporal presentada por Illapu Energy S.A. El proyecto “Parque Eólico Don Jorge V” fue inscrito bajo el Registro N° 4122208 el 28 de agosto de 2025, indicando la capacidad de 64.8 MW y la ubicación prevista en los distritos citados. Los informes técnicos N° 798‑2025‑MINEM/DGE‑DCE, N° 917‑2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 1217‑2025‑MINEM/OGAJ evaluaron la conformidad de la solicitud con los requisitos del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el código CE02‑1 del TUPA.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28 ago 2025 | Presentación de solicitud | Registro N° 4122208 | Petición de concesión temporal para centrales de generación del proyecto “Parque Eólico Don Jorge V”. |
| 2025 | Informe DGE‑DCE 1 | 798‑2025‑MINEM/DGE‑DCE | Verificación de cumplimiento de requisitos técnicos y legales. |
| 2025 | Informe DGE‑DCE 2 | 917‑2025‑MINEM/DGE‑DCE | Confirmación adicional de la viabilidad del proyecto. |
| 2025 | Informe OGAJ | 1217‑2025‑MINEM/OGAJ | Evaluación jurídica de la solicitud. |
| 5 dic 2025 | Resolución Ministerial | 417‑2025‑MINEM/DM | Otorgamiento de la concesión temporal y definición del área de concesión. |
Fundamento legal
- Artículo 23 del Decreto‑Ley N° 25844 – facultad de otorgar concesiones temporales para estudios de factibilidad.
- Artículos 30 y siguientes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – requisitos y procedimiento de la concesión.
- Código CE02‑1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (DS 038‑2014‑EM) – proceso “Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación”.
- Ley N° 30705 y su Reglamento de Organización y Funciones (DS 031‑2007‑EM) – competencias del MINEM.
- Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – ejecución de garantías y publicación oficial.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión temporal a favor de Illapu Energy S.A. por 24 meses, con capacidad de 64.8 MW, en los distritos de Saña, Reque y Tumán, Lambayeque.
- Artículo 2: Delimitación del área de concesión mediante las coordenadas UTM (WGS‑84) presentadas en la tabla (vértices 1 a 47).
- Artículo 3: Obligación de realizar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural, bajo la normativa citada.
- Artículo 4: En caso de incumplimiento del cronograma o falta de renovación de la garantía de fiel cumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía conforme al artículo 36 del Reglamento.
- Artículo 5: Publicación única de la resolución en el diario oficial El Peruano a cargo de la empresa.
Características técnicas
| Capacidad instalada | 64.8 MW |
|---|---|
| Ubicación | Distritos de Saña, Reque y Tumán – Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque |
| Periodo de concesión | 24 meses (contados a partir del 5 dic 2025) |
| Coordenadas UTM (WGS‑84) | Vértices 1‑47 detallados en la tabla de la resolución |
Impacto
La concesión habilita a Illapu Energy a ejecutar los estudios necesarios para validar la viabilidad del parque eólico, lo que contribuirá al aumento de la generación renovable en la zona norte del país. El cumplimiento de los requerimientos técnicos y ambientales garantiza la protección del patrimonio cultural y la sostenibilidad del proyecto, alineándose con los objetivos de diversificación energética del MINEM.