Declaración de grave deficiencia eléctrica en Tarapoto y Yurimaguas y designación de Electro Oriente S.A. Ruben Felix, PhD diciembre 3, 2025

Declaración de grave deficiencia eléctrica en Tarapoto y Yurimaguas y designación de Electro Oriente S.A.

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial Nº 408-2025-MINEM/DM, de 1 de diciembre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) declara en situación de grave deficiencia del servicio eléctrico a los Sistemas Eléctricos de Tarapoto y Yurimaguas por falta de capacidad de transmisión en el corredor 138 kV Tingo María – Aucayacu – Tocache. Se autoriza una capacidad adicional de generación de carácter temporal de hasta 6,2 MW y se designa a la empresa Electro Oriente S.A. para implementar las medidas correctivas, con vigencia hasta la puesta en servicio prevista del proyecto “ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry – Tarapoto Norte (2 circuitos)” a más tardar el 29 de febrero de 2028.

Antecedentes

El procedimiento se sustenta en el Decreto Supremo Nº 044‑2014‑EM, que faculta al MINEM a declarar situaciones de emergencia eléctrica a solicitud del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES). El COES envió la Carta Nº COES/P‑083‑2024 (Registro 3866020) el 14 de noviembre de 2024 solicitando la declaratoria por congestión en la línea L‑1018 y ausencia de generación local. La Dirección General de Electricidad (DGE) remitió la solicitud a OSINERGMIN (Oficio N° 2313‑2024‑MINEM/DGE, 4 de dic 2024). OSINERGMIN respondió con el Oficio N° GSE‑53‑2025 (6 de may 2025) adjuntando el Informe Técnico N° DSE‑STE‑320‑2025, que confirmó la condición de riesgo inminente. Posteriormente, el COES reiteró la solicitud mediante la Carta Nº COES/P‑085‑2025 (Registro 4084971) el 21 de jul 2025. La DGE emitió los Informes N° 151‑2025/MINEM‑DGE‑DEPE y N° 0485‑2025/MINEM‑DGE, que definieron la necesidad de al menos 6 MW de generación de emergencia y el plazo máximo hasta la puesta en servicio del “ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry – Tarapoto Norte”.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto Documento Comentario
14‑nov‑2024 Solicitud de declaratoria Carta COES/P‑083‑2024, Registro 3866020 Petición al MINEM por falta de transmisión en corredor 138 kV
04‑dic‑2024 Remisión a OSINERGMIN Oficio N° 2313‑2024‑MINEM/DGE DGE envía solicitud de opinión técnica
06‑may‑2025 Opinión técnica de OSINERGMIN Oficio N° GSE‑53‑2025 + Informe DSE‑STE‑320‑2025 Confirma congestión y riesgo de restricción
21‑jul‑2025 Reiteración de solicitud Carta COES/P‑085‑2025, Registro 4084971 Refuerza petición de generación temporal
01‑dic‑2025 Resolución Ministerial Resolución Nº 408‑2025‑MINEM/DM Declaratoria de grave deficiencia, autoriza 6,2 MW y designa a ELOR

Fundamento legal

  • Decreto Supremo Nº 044‑2014‑EM, numeral 2.1 del artículo 2: competencia del MINEM para declarar emergencias eléctricas a solicitud del COES.
  • Decreto Supremo Nº 044‑2014‑EM, numeral 2.2: establece la empresa pública responsable y la magnitud de la capacidad adicional temporal.
  • Ley Nº 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Artículos relevantes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (RLCE) que regulan la autorización de medidas transitorias.
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Declarar en situación de grave deficiencia a los Sistemas Eléctricos de Tarapoto y Yurimaguas desde la publicación de la presente Resolución hasta la puesta en servicio del proyecto “ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry – Tarapoto Norte (2 circuitos)” a más tardar el 29 de febrero de 2028.
  2. Artículo 2: Autorizar una capacidad adicional de generación eléctrica de naturaleza temporal de hasta 6,2 MW para el SE Tarapoto.
  3. Artículo 3: Designar a Electro Oriente S.A. (ELOR) para implementar las medidas necesarias que superen la grave deficiencia.
  4. Artículo 4: Obligar a ELOR a presentar, en los primeros tres meses, el cronograma y expediente de contrataciones, y a reportar semestralmente el avance de la ejecución; la fiscalización corresponde a la DGE.
  5. Artículo 5: Ordenar la publicación de la resolución en la sede digital del MINEM (www.gob.pe/minem) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Características técnicas

Variable Detalle
Capacidad adicional temporal 6,2 MW (generación de emergencia)
Corridor de transmisión crítico 138 kV Tingo María – Aucayacu – Tocache
Proyecto de solución definitiva ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry – Tarapoto Norte (2 circuitos), ampliaciones y subestaciones
Plazo máximo de la medida temporal Hasta 29 feb 2028 (fecha prevista de puesta en servicio)
Empresa ejecutora Electro Oriente S.A.

Impacto

La declaratoria garantiza la continuidad del suministro eléctrico en los sistemas aislados de Tarapoto y Yurimaguas, evitando cortes de energía que afectarían a usuarios residenciales, industriales y de servicios públicos. La generación de emergencia de 6,2 MW, gestionada por Electro Oriente S.A., cubre la brecha de transmisión mientras se culmina la obra de enlace de 220 kV, reforzando la confiabilidad del SEIN y contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de seguridad energética establecidos por el MINEM.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2025-MINEM/DM