Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Directoral Nº 0200‑2025‑MINEM/DGE de fecha 12 de noviembre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas otorga a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar una microred OFF‑GRID con generación renovable de 3 MW en el distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali.
Antecedentes
El expediente Nº 66425125 recibió, el 15 de septiembre de 2025, la solicitud de concesión a través de la Carta Nº 049‑2025‑SGP/GG (Registro Nº 4132706). El proyecto, denominado “Microred OFF‑GRID con generación renovable en Sepahua – Perú”, contempla atender a 1 855 lotes domésticos, 85 cargas comerciales, 10 de uso general, 35 especiales y 694 luminarias, con una potencia instalada de 3 MW.
Previa a la resolución, se obtuvo:
- Resolución Directoral Regional Nº 085‑2025‑GRU‑GRDE‑DREM (04 sep 2025) que aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto.
- Resolución Directoral Nº 155‑2025‑MINEM/DGE (21 ago 2025) que otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER).
- Informe Nº 822‑2025‑MINEM/DGE‑DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad, que evalúa el cumplimiento de los requisitos.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 15 sep 2025 | Solicitud de concesión eléctrica rural | Carta Nº 049‑2025‑SGP/GG – Registro Nº 4132706 | Petición de otorgamiento para proyecto de 3 MW en Sepahua. |
| 04 sep 2025 | Resolución regional de aprobación de DIA | Resolución Directoral Regional Nº 085‑2025‑GRU‑GRDE‑DREM | Aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental. |
| 21 ago 2025 | Calificación como SER | Resolución Directoral Nº 155‑2025‑MINEM/DGE | Otorgamiento de la calificación de Sistema Eléctrico Rural. |
| 2025 (fecha del informe) | Informe técnico de evaluación | Informe Nº 822‑2025‑MINEM/DGE‑DCE | Evaluación de cumplimiento de requisitos legales. |
| 12 nov 2025 | Otorgamiento de la concesión eléctrica rural | Resolución Directoral Nº 0200‑2025‑MINEM/DGE | Concesión concedida a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. |
Fundamento legal
- Artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural.
- Artículos 48, 51, 52 y 53 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.
- Artículo 22 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (DS 019‑2009‑MINAM).
- Artículo 51 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (DS 018‑2020‑EM).
- Artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (DS 018‑2020‑EM).
- Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM).
- Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión eléctrica rural a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. para un proyecto de 3 MW en Sepahua, Ucayali.
- Artículo 2: Aprobación de las coordenadas UTM WGS84 que delimitan el área del proyecto (ver tabla de vértices P1‑P4).
- Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 195‑2025, compuesto por 18 cláusulas y 04 anexos.
- Artículo 4: Autorización para suscribir la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 5: Inserción del texto de la presente resolución en la escritura pública, en cumplimiento del artículo 56 del mismo reglamento.
- Artículo 6: Notificación a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. dentro de los cinco (5) días hábiles y publicación única en el diario oficial El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Elemento | Valor |
|---|---|
| Potencia instalada | 3 MW |
| Ubicación | Sepahua, Atalaya, Ucayali |
| Coordenadas (UTM WGS84) | Ver tabla de vértices (P1‑P4) |
| Demanda prevista | 1 855 lotes domésticos, 85 cargas comerciales, 10 de uso general, 35 especiales y 694 luminarias |
| Contrato de Concesión | Nº 195‑2025 (18 cláusulas, 04 anexos) |
Impacto
La concesión permite la electrificación de más de 2 500 puntos de consumo en una zona de difícil acceso, reduciendo la dependencia de diesel y fomentando el uso de recursos energéticos renovables. Asimismo, al cumplir con los requisitos del marco regulatorio (Ley 28749 y su Reglamento, DS 018‑2020‑EM, DS 009‑93‑EM), el proyecto fortalece la seguridad jurídica del sector eléctrico rural en el Perú.