Concesión temporal de transmisión 220 kV Guaneros‑Montalvo (Ampliación) a favor de ATN S.A. Ruben Felix, PhD noviembre 1, 2025

Concesión temporal de transmisión 220 kV Guaneros‑Montalvo (Ampliación) a favor de ATN S.A.

Resumen ejecutivo

Con Resolución Ministerial N° 347‑2025‑MINEM/DM, de fecha 24 de octubre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas otorga a favor de la empresa ATN S.A. una concesión temporal de transmisión del proyecto “Línea de Transmisión 220 kV S.E. Guaneros – S.E. Montalvo (Ampliación)”, ubicada en los distritos de Moquegua y San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por un plazo de veinticuatro (24) meses.

Antecedentes

El expediente N° 24423025 contiene la solicitud de concesión temporal presentada por ATN S.A. mediante registro N° 4079954 el 17 de julio de 2025. Los informes técnicos y jurídicos (N° 764‑2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 997‑2025‑MINEM/OGAJ) verificaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) y el código CE02‑2 del TUPA (DS 038‑2014‑EM). La normativa aplicable incluye el Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) y su Reglamento, así como la Ley N° 30705 del MINEM.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
17‑jul‑2025 Presentación de la solicitud de concesión temporal Registro N° 4079954 Solicita estudios de factibilidad en Moquegua y San Antonio
05‑ago‑2025 Informe de la Dirección General de Electricidad Informe N° 764‑2025‑MINEM/DGE‑DCE Constituye cumplimiento de requisitos técnicos
12‑ago‑2025 Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Informe N° 997‑2025‑MINEM/OGAJ Verifica fondo legal y procedimental
24‑oct‑2025 Emisión de la Resolución Ministerial Resolución N° 347‑2025‑MINEM/DM Otorga la concesión temporal por 24 meses
24‑oct‑2025 Publicación en El Peruano Artículo 5 de la Resolución Difusión oficial a cargo de ATN S.A.

Fundamento legal

  • Artículo 23 del Decreto Ley N° 25844 – posibilita concesiones temporales para estudios de factibilidad.
  • Artículos 30 y siguientes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – requisitos y procedimiento.
  • Código CE02‑2 del TUPA (DS 038‑2014‑EM) – “Otorgamiento de concesión temporal de transmisión”.
  • Decreto Ley N° 30705 y su Reglamento – marco institucional del MINEM.
  • Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – ejecución de garantías y publicación.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1 – Concesión temporal otorgada a ATN S.A. por 24 meses, contados a partir de la publicación.
  2. Artículo 2 – Delimitación de la zona de la concesión mediante coordenadas UTM (zona 19K) que forman la línea y los subestaciones.
  3. Artículo 3 – Obligación de realizar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural.
  4. Artículo 4 – Incumplimiento del plazo o falta de renovación de la garantía autoriza a la Dirección General de Electricidad a ejecutar la garantía, según el artículo 36 del Reglamento.
  5. Artículo 5 – Publicación única de la resolución en El Peruano, a cargo de ATN S.A.

Características técnicas

Vértice Este (m) Nor (m)
V0 287267.57 8098017.04
V1 287292.97 8097997.58
V2 286606.89 8097125.63
V3 286248.83 8097007.38
V4 285383.60 8096923.24
V5 284724.28 8095805.05
V6 283592.96 8095486.98
V7 282444.27 8095788.51
V8 281278.29 8095347.37
V9 279212.55 8093836.17
V10 278819.06 8093541.30
VF 278728.98 8093541.32

Coordenadas de los puntos de referencia de las subestaciones:

Subestación Punto Este (m) Nor (m)
S.E. Montalvo (Ampliación) A 287248.24 8097969.49
S.E. Montalvo (Ampliación) B 287177.80 8098025.12
S.E. Montalvo (Ampliación) C 287215.22 8098071.16
S.E. Montalvo (Ampliación) D 287283.81 8098017.23
S.E. Guaneros E 278732.00 8093516.60
S.E. Guaneros F 278732.00 8093560.65
S.E. Guaneros G 278675.00 8093560.65
S.E. Guaneros H 278675.00 8093516.60

Impacto

La concesión permite a ATN S.A. ejecutar los estudios de factibilidad necesarios para la ampliación de la línea 220 kV entre Guaneros y Montalvo, facilitando la planificación de expansión del sistema eléctrico regional. El cumplimiento de los plazos y garantías asegurará la disponibilidad futura de la infraestructura, contribuyendo a la seguridad energética del departamento de Moquegua.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2025-MINEM/DM