Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial Nº 291-2025-MINEM/DM, de Lima, 10 de septiembre de 2025, otorga a KALLPA GENERACIÓN S.A. el derecho de servidumbre de ocupación temporal para la realización de estudios de factibilidad del proyecto “CSF Pampa Salinas I”, ubicado en el distrito El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua. La servidumbre se establece sin pago de compensación, bajo los fundamentos del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844 y el marco procedimental del TUP del MINEM.
Antecedentes
El proyecto “CSF Pampa Salinas I” cuenta con una concesión temporal otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 437-2024-MINEM/DM, publicada el 30 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial El Peruano. Con base en el expediente Nº 11264025, KALLPA GENERACIÓN S.A. solicitó el 14 de enero de 2025 (Registro Nº 3901465) el establecimiento de la servidumbre temporal para los estudios de factibilidad, indicando las coordenadas UTM (WGS‑84) detalladas en el expediente.
Procedimiento administrativo
Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
---|---|---|---|
30 nov 2024 | Concesión temporal del proyecto | Resolución Ministerial Nº 437-2024-MINEM/DM | Otorga la concesión temporal a KALLPA GENERACIÓN S.A. |
14 ene 2025 | Solicitud de servidumbre | Registro Nº 3901465 | KALLPA solicita servidumbre de ocupación temporal para estudios de factibilidad. |
2025 (mes no especificado) | Informe DGE‑DCE 1 | Informe Nº 427-2025-MINEM/DGE-DCE | Conclusiones favorables al cumplimiento de requisitos. |
2025 (mes no especificado) | Informe DGE‑DCE 2 | Informe Nº 560-2025-MINEM/DGE-DCE | Confirma la pertinencia de la servidumbre. |
2025 (mes no especificado) | Informe OGAJ | Informe Nº 0815-2025-MINEM/OGAJ | Evaluación jurídica del pedido. |
10 sep 2025 | Resolución de servidumbre | Resolución Ministerial Nº 291-2025-MINEM/DM | Establece la servidumbre de ocupación temporal. |
2025 (mes no especificado) | Memorando de la Procuraduría Pública | Memorando Nº 01121-2025/MINEM-PP | Constata ausencia de proceso judicial y confirma silencio administrativo negativo. |
Fundamento legal
- Artículo 109, literal a) del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas): uso gratuito de bienes del Estado.
- Artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844.
- Artículo 53 del Reglamento del DL 25844, aprobado por DS Nº 009‑93‑EM.
- Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM (Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM) – procedimiento SE01, silencio administrativo negativo (máx. 30 días hábiles).
- Artículos 151 y 199 de la Ley Nº 27444 (Procedimiento Administrativo General), DS Nº 004‑2019‑JUS.
- Resolución Ministerial Nº 437‑2024‑MINEM/DM (concesión temporal del proyecto).
- Resolución Ministerial Nº 291‑2025‑MINEM/DM (presenta la presente decisión).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se establece el derecho de servidumbre de ocupación temporal para los estudios de factibilidad del proyecto “CSF Pampa Salinas I” a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A., conforme a las coordenadas UTM (WGS‑84) detalladas en el expediente.
- Artículo 2: La servidumbre se regirá por las normas de seguridad dispuestas en el DL 25844, su Reglamento (DS 009‑93‑EM) y las normas técnicas pertinentes.
- Artículo 3: KALLPA GENERACIÓN S.A. deberá adoptar las medidas necesarias para evitar daño o perjuicio en el área de servidumbre, asumiendo responsabilidad civil por incumplimiento.
- Artículo 4: La empresa debe impedir la construcción de cualquier obra que restrinja el ejercicio de la servidumbre en el área afectada.
- Artículo 5: La duración de la servidumbre será el mismo plazo que la concesión temporal otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 437‑2024‑MINEM/DM.
Compensación y terceros involucrados
De conformidad con el artículo 109 del DL 25844, la servidumbre se constituye a título gratuito, por lo que no procede pago de compensación económica. Los terrenos objeto de la servidumbre son de propiedad del Estado, y su uso queda amparado por la normativa vigente que autoriza a los concesionarios a utilizar bienes públicos sin contraprestación.
Características técnicas
Área | Coordenadas UTM (Este/Norte) | Superficie (ha) | Propietario |
---|---|---|---|
ÁREA C&V‑STL2‑01 (N° 1) | 1 – 277 678.6211 / 8 054 878.6020 2 – 282 273.1464 / 8 055 028.9137 3 – 282 771.6293 / 8 053 620.2749 4 – 278 913.7557 / 8 050 903.5284 5 – 277 052.6524 / 8 049 618.9582 6 – 275 772.9297 / 8 050 127.7515 7 – 274 851.8918 / 8 050 148.4357 8 – 277 644.4362 / 8 054 829.9972 |
2 285.5643 | Estado (bienes del Estado) |
ÁREA C&V‑STL2‑02 (N° 2) | 1 – 277 644.4362 / 8 054 829.9972 2 – 274 851.8918 / 8 050 148.4357 3 – 274 828.6122 / 8 050 148.9585 4 – 274 612.4525 / 8 050 519.0616 |
108.2221 | Estado (bienes del Estado) |
Impacto
La servidumbre permite a KALLPA GENERACIÓN S.A. llevar a cabo los estudios de factibilidad necesarios para avanzar el proyecto “CSF Pampa Salinas I”, garantizando el acceso a los terrenos estatales sin contrapartida económica y bajo el marco de seguridad y responsabilidad civil establecido. Esto acelera la fase de desarrollo técnico del proyecto y asegura el cumplimiento de las normas regulatorias del MINEM y de la Ley de Concesiones Eléctricas.