Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial Nº 290-2025-MINEM/DM, de fecha 10 de setiembre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas otorga a favor de GR CHABARBAMBA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Macarena – S.E. Poroma”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica. La decisión se sustenta en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento DS Nº 009-93-EM, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS Nº 038-2014-EM).
Antecedentes
El expediente Nº 14418725 contiene la solicitud de concesión presentada por GR CHABARBAMBA S.A.C. con Registro Nº 3950450, el 11 de marzo de 2025. El proyecto consiste en una línea de transmisión de 6,26 km en 220 kV que conectará la subestación Macarena con la subestación Poroma, permitiendo la evacuación de energía generada por la futura Central Solar Fotovoltaica Macarena al SEIN. El trazado cruza concesiones de transmisión existentes (LT 500 kV Chilca-Marcona-Montalvo, LT 500 kV Mantaro-Marcona-Socabaya-Montalvo y LT 33 kV S.E. Flamenco-CUS Central Solar Fotovoltaica), sin afectar su funcionamiento, conforme al artículo 52-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Procedimiento administrativo
Fecha | Acto | Nº documento | Comentario |
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11-mar-2025 | Presentación de solicitud de concesión | Registro Nº 3950450 | Solicitante: GR CHABARBAMBA S.A.C. |
— | Incorporación al expediente | Expediente Nº 14418725 | Documento de referencia interno del MINEM. |
— | Informe de la Dirección General de Electricidad | Informe Nº 564-2025-MINEM/DGE-DCE | Verificación de cumplimiento de requisitos técnicos y legales. |
— | Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica | Informe Nº 0827-2025-MINEM/OGAJ | Evaluación jurídica del proyecto y de la superposición de trazados. |
10-sep-2025 | Emisión de Resolución Ministerial | Resolución Nº 290-2025-MINEM/DM | Otorgamiento de concesión definitiva y aprobación del contrato de concesión Nº 636-2025. |
Fundamento legal
- Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – Artículos 25, 28 y 37.
- Decreto Supremo Nº 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 52-A, 56).
- Decreto Supremo Nº 038-2014-EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
- Ley Nº 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo Nº 031-2007-EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión definitiva a GR CHABARBAMBA S.A.C. para la línea 220 kV Macarena-Poroma.
- Artículo 2: Definición de las características principales del proyecto (tensión, longitud, ancho de faja de servidumbre, número de ternas, ampliación de la S.E. Poroma).
- Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión Nº 636-2025, integrado por 19 cláusulas y 4 anexos.
- Artículo 4: Autorización al Director General de DGE para suscribir la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente.
- Artículo 5: Incorporación del texto de la presente Resolución en la escritura pública, de conformidad con el artículo 56 del Reglamento.
- Artículo 6: Publicación única en El Peruano a cargo del solicitante, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la emisión.
Características técnicas
Salida/Llegada | Tensión (kV) | N° de Ternas | Longitud (km) | Ancho de faja de servidumbre (m) |
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S.E. Macarena – S.E. Poroma | 220 | 01 | 6,26 | 25 |
Ampliación de la S.E. Poroma: nueva bahía de línea en 220 kV, equipos de celda de acople. |
Impacto
La nueva línea de transmisión garantiza la evacuación de la energía generada por la Central Solar Fotovoltaica Macarena, fortaleciendo la capacidad de interconexión del SEIN en la región de Ica. La concesión definitiva brinda seguridad jurídica al titular y al Estado, facilitando la ejecución del proyecto dentro del marco regulatorio vigente.