Concesión temporal a Alba S.A.C. para la Central Fotovoltaica de 200 MW en La Joya (Arequipa) Ruben Felix, PhD agosto 20, 2025

Concesión temporal a Alba S.A.C. para la Central Fotovoltaica de 200 MW en La Joya (Arequipa)

Resumen de la resolución

El 19 de agosto de 2025 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) publicó la Resolución Ministerial N° 267-2025-MINEM/DM, que otorga a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. una concesión temporal para la central fotovoltaica de 200 MW ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa.

Marco legal que sustenta la concesión

La autorización se basa en los siguientes instrumentos normativos:

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 23).
  • Decreto Supremo N° 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 30 y siguientes).
  • Decreto Supremo N° 038-2014-EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos (código CE02-1).
  • Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.

Procedimiento administrativo

El proceso siguió el siguiente calendario:

Evento Fecha
Registro de la solicitud (Registro N° 3989200) 16 may 2025
Emisión de los informes técnicos y jurídicos (Informes N° 518-2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 0753-2025‑MINEM/OGAJ) Jun‑2025
Publicación de la Resolución Ministerial 19 ago 2025

Datos del proyecto

  • Nombre: Central Fotovoltaica Alba 200 MW
  • Capacidad instalada: 200 MW
  • Ubicación: Distrito de La Joya, Arequipa
  • Plazo de la concesión: 24 meses a partir de la publicación de la resolución

Área geográfica concedida

La zona de la concesión está delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS84 – Zona 19S):

Vértice Este (m) North (m)
P01 202106.1068 8154605.7955
P02 201898.7594 8155082.7726
P03 202738.9875 8155428.6789
P04 203689.8027 8155887.9922
P05 204662.5174 8156742.9331
P06 206768.1261 8156425.6387
P07 206919.3613 8155263.0476
P08 205275.7812 8154718.0291
P09 204220.5784 8154734.9282
P10 203957.7091 8154975.2745

Obligaciones de la concesionaria

Alba S.A.C. debe ejecutar los estudios de factibilidad cumpliendo:

  • Normas técnicas y de seguridad vigentes.
  • Preservación del medio ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento.
  • Presentar los estudios finalizados a la Dirección General de Electricidad para su conformidad.

En caso de incumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía de fiel cumplimiento conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Publicación y costos

La resolución fue publicada una sola vez en el diario oficial El Peruano, por cuenta de la empresa, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 36 del reglamento mencionado.

Autoridad que suscribió la resolución

Jorge Luis Montero Cornejo, Ministro de Energía y Minas, firmó la resolución que formaliza la concesión.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2025-MINEM/DM