Resumen de la resolución
El 19 de agosto de 2025 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) publicó la Resolución Ministerial N° 267-2025-MINEM/DM, que otorga a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. una concesión temporal para la central fotovoltaica de 200 MW ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa.
Marco legal que sustenta la concesión
La autorización se basa en los siguientes instrumentos normativos:
- Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 23).
- Decreto Supremo N° 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 30 y siguientes).
- Decreto Supremo N° 038-2014-EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos (código CE02-1).
- Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
Procedimiento administrativo
El proceso siguió el siguiente calendario:
Evento | Fecha |
---|---|
Registro de la solicitud (Registro N° 3989200) | 16 may 2025 |
Emisión de los informes técnicos y jurídicos (Informes N° 518-2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 0753-2025‑MINEM/OGAJ) | Jun‑2025 |
Publicación de la Resolución Ministerial | 19 ago 2025 |
Datos del proyecto
- Nombre: Central Fotovoltaica Alba 200 MW
- Capacidad instalada: 200 MW
- Ubicación: Distrito de La Joya, Arequipa
- Plazo de la concesión: 24 meses a partir de la publicación de la resolución
Área geográfica concedida
La zona de la concesión está delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS84 – Zona 19S):
Vértice | Este (m) | North (m) |
---|---|---|
P01 | 202106.1068 | 8154605.7955 |
P02 | 201898.7594 | 8155082.7726 |
P03 | 202738.9875 | 8155428.6789 |
P04 | 203689.8027 | 8155887.9922 |
P05 | 204662.5174 | 8156742.9331 |
P06 | 206768.1261 | 8156425.6387 |
P07 | 206919.3613 | 8155263.0476 |
P08 | 205275.7812 | 8154718.0291 |
P09 | 204220.5784 | 8154734.9282 |
P10 | 203957.7091 | 8154975.2745 |
Obligaciones de la concesionaria
Alba S.A.C. debe ejecutar los estudios de factibilidad cumpliendo:
- Normas técnicas y de seguridad vigentes.
- Preservación del medio ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación.
- Los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento.
- Presentar los estudios finalizados a la Dirección General de Electricidad para su conformidad.
En caso de incumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía de fiel cumplimiento conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Publicación y costos
La resolución fue publicada una sola vez en el diario oficial El Peruano, por cuenta de la empresa, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 36 del reglamento mencionado.
Autoridad que suscribió la resolución
Jorge Luis Montero Cornejo, Ministro de Energía y Minas, firmó la resolución que formaliza la concesión.