ENGIE recibe concesión temporal de 170 MW para la Central Solar Chiribaya en Moquegua Ruben Felix, PhD julio 8, 2025

ENGIE recibe concesión temporal de 170 MW para la Central Solar Chiribaya en Moquegua

ENGIE obtiene concesión temporal para la Central Solar Chiribaya

El Ministerio de Energía y Minas publicó la Resolución Ministerial N° 223-2025‑MINEM/DM el 2 de julio de 2025, dictando la concesión temporal a ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. para desarrollar la central solar «Chiribaya» en el sur del país.

Datos clave de la concesión

  • Proyecto: Central Solar Chiribaya
  • Capacidad instalada: 170 MW
  • Duración: 24 meses contados a partir de la publicación de la resolución
  • Ubicación: Distritos El Algarrobal y Moquegua, provincias de Ilo y Mariscal Nieto, región Moquegua
  • Marco legal: Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas), DS 009‑93‑EM, DS 038‑2014‑EM (TUPA)

Procedimiento administrativo

El expediente N° 26420325, recibido el 24 abril 2025 (Registro 3975290), incluye la solicitud de concesión, el memorando VME N° 01417‑2025, y los informes de la Dirección General de Electricidad (411‑2025) y la Oficina General de Asesoría Jurídica (0598‑2025). Todos los requisitos del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y del código CE02‑1 del TUPA fueron verificados, lo que permitió la emisión de la resolución.

Delimitación geográfica

El área de la concesión está definida por las coordenadas UTM (WGS 84) – zona 19K, presentadas en la tabla oficial:

Vértice Este North
1 257347.3807 8066219.9395
2 258837.5180 8067869.8518
3 258154.1143 8069211.8730
4 259633.7376 8071409.0811
5 259864.0986 8071256.8976
6 258422.2957 8069128.6704
7 259220.8522 8067550.5537
8 260434.3956 8066837.5780
9 261497.0000 8066573.2663
10 261497.0000 8066335.0001
11 261137.0000 8066335.0001
12 261137.0000 8065764.0001
13 261342.0000 8065579.0001
14 261611.4297 8064412.7269
15 261006.9105 8063342.9440
16 258548.6821 8064714.8345

Obligaciones de ENGIE

La empresa deberá ejecutar estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad, medioambientales y el Patrimonio Cultural de la Nación, tal como lo establecen la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento. Al concluir el plazo de 24 meses sin cumplir el cronograma, la garantía de fiel cumplimiento será ejecutada por la Dirección General de Electricidad.

Publicación

La resolución se publicará una sola vez en el diario oficial El Peruano, según el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Jorge Luis Montero Cornejo – Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2025-MINEM/DM