Se establece servidumbre de electroducto permanente a favor de ACCIONA ENERGÍA PERÚ para la ampliación de la línea 220 kV América‑San José en Arequipa Ruben Felix, PhD marzo 28, 2025

Se establece servidumbre de electroducto permanente a favor de ACCIONA ENERGÍA PERÚ para la ampliación de la línea 220 kV América‑San José en Arequipa

Resumen de la Resolución Ministerial Nº 106‑2025‑MINEM/DM

Lima, 26 de marzo de 2025 – El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la Resolución Ministerial Nº 106‑2025‑MINEM/DM, que establece una servidumbre de electroducto con carácter permanente a favor de la concesión de transmisión de energía eléctrica titularizada por ACCIONA ENERGÍA PERÚ S.A.C. para el proyecto «Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América – S.E. San José (Ampliación)» ubicado en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa.

Antecedentes y solicitud

El 16 de julio de 2024 la empresa ACCIONA ENERGÍA PERÚ presentó, bajo el Registro Nº 3788000, la solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto para la ampliación señalada, acompañada de la documentación técnica y coordenadas UTM (WGS 84) del trazado.

Previa a ello, el 8 de julio de 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 261‑2024‑MINEM/DM, se otorgó la concesión definitiva (Contrato de Concesión Nº 616‑2024) para desarrollar la actividad de transmisión del mismo proyecto.

Marco legal

  • Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM – Reglamento de la Ley N° 30705 (Organización y Funciones del MINEM).
  • Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.

Detalles técnicos de la servidumbre

Cód. Exp. Inicio y Llegada de la Línea Nivel de Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de la Faja (m)
21262024 S.E. América – S.E. San José (Ampliación) 220 01 9,18 25

La servidumbre abarca dos tipos de terrenos:

  • Privado: 5 925,00 m² (correspondiente al tramo S.E. América).
  • Estado: 6 870,38 m² (correspondiente al tramo S.E. San José).

Artículos de la Resolución

  1. Se otorga la servidumbre de electroducto permanente para el proyecto citado, con las coordenadas y dimensiones señaladas.
  2. Se aplican las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento.
  3. ACCIONA ENERGÍA PERÚ debe garantizar que el área de servidumbre no sufra daño o perjuicio.
  4. Se prohíbe cualquier construcción que limite el ejercicio de la servidumbre.
  5. La servidumbre no afecta los acuerdos previamente suscritos entre las partes.
  6. Los propietarios de predios sirvientes no podrán realizar obras que perturben la servidumbre.
  7. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Con este acto, el Ministerio de Energía y Minas refuerza el marco regulatorio que permite la expansión segura y eficaz de la infraestructura eléctrica nacional.

Jorge Luis Monterro Cornejo
Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2025-MINEM/DM