Resumen de la autorización
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó, mediante la Resolución Ministerial N° 061-2025-MINEM/DM de fecha 25 de febrero de 2025, la autorización indefinida a favor de Lima Airport Partners S.R.L. para operar una Planta de Generación Eléctrica de Emergencia de 1,850 kW (1.85 MW) en el distrito de Callao, destinada al Centro de Datos Primarios del proyecto de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
Marco legal
- Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Elctricas.
- Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
Detalles técnicos del proyecto
Empresa autorizada | Lima Airport Partners S.R.L. |
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Ubicación | Distrito de Callao, Provincia Constitucional del Callao. |
Potencia instalada | 1,850 kW (1.85 MW). |
Objeto | Generación de energía eléctrica de emergencia para el Centro de Datos Primarios del proyecto de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. |
Vigencia | Indefinida, con publicación oficial en «El Perúano» a los 5 días hábiles de su expedición. |
Procedimiento administrativo
El proceso comenzó con la solicitud formal registrada bajo el número 3864694 el 14 de noviembre de 2024. El expediente N° 33417324 incluyó los informes de la Dirección General de Electricidad (DGE) (N° 0122‑2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 0135‑2025‑MINEM/DGE‑DCE) y del Despacho Viceministerial de Electricidad (N° 00116‑2025/MINEM‑VME), así como el dictamen jurídico (N° 0140‑2025‑MINEM/OGAJ). Tras la verificación de cumplimiento de los requisitos de la Ley de Concesiones Eléctricas, el MINEM emitió la resolución el 25/02/2025.
Obligaciones y vigilancia
Según el artículo 2 de la resolución, la empresa debe operar la planta cumpliendo las normas técnicas, de seguridad, de protección ambiental y de salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación. El incumplimiento será fiscalizado por las entidades competentes, de acuerdo con el artículo 3.
Publicación oficial
La resolución se difundió en el Diario Oficial «El Perúano» dentro del plazo establecido, garantizando su validez a partir del día siguiente a su publicación.
Ministerio de Energía y Minas – Ministro Jorge Luis Montero Cornejo