Resolución Ministerial N° 475-2024-MINEM/DM aprueba la quinta modificación de la concesión eléctrica a Southern Peru Copper Corporation
Lima, 20 de diciembre de 2024. El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) emitió la Resolución Ministerial N° 475-2024-MINEM/DM, aprobando la quinta modificación de la concesión definitiva que permite a Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú (SPCC), desarrollar y ampliar la transmisión de energía eléctrica en diversas líneas.
Contexto histórico de la concesión
- 1995 – Resolución Suprema N° 036-95-EM: Otorga la concesión original para líneas de transmisión 138 kV T192 (T19 ENERSUR) – S.E. Botiflaca, 69 kV Botiflaca – Suche y 69 kV Botiflaca – Anillo Mina.
- 2003 – Resolución Suprema N° 020-2003-EM: Primera modificación, reconfiguración de la línea 138 kV Ilo 1 – Botiflaca.
- 2018 – Resolución Ministerial N° 262-2018-MEM/DM: Segunda modificación, inclusión de la subestación Plaza Toquepala.
- 2021 – Resolución Ministerial N° 386-2021-MINEM/DM: Tercera modificación, modernización de la subestación Quebrada Honda y plazo de Puesta en Operación Comercial (POC) al 30 dic 2021.
- 2022 – Resolución Ministerial N° 379-2022-MINEM/DM: Cuarta modificación, inserción del Calendario Garantizado de Ejecución de obras.
Solicitud y aprobación de la quinta modificación
El 20 de marzo de 2024, SPCC presentó el Registro N° 3715478 solicitando la quinta modificación, cuyo objetivo principal es la construcción de la nueva Subestación Eléctrica Cuajone 138/69 kV y la reconfiguración de las líneas T192, Botiflaca‑Suche y Botiflaca‑Anillo Mina.
Los informes de la Dirección General de Electricidad (Informe N° 957‑2024‑MINEM/DGE‑DCE) y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 1243‑2024‑MINEM/OGAJ) confirmaron el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley N° 25844) y del Texto Único de Procedimientos Administrativos (Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM). Con base en estos antecedentes la minuta de la quinta modificación fue aprobada y deberá formalizarse mediante Escritura Pública.
Datos clave de la Resolución 475-2024-MINEM/DM
Elemento | Detalle |
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Resolución | N° 475-2024-MINEM/DM |
Fecha de expedición | 20 de diciembre de 2024 |
Titular | Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú |
Objeto | Construcción de Subestación Cuajone 138/69 kV y reconfiguración de líneas 138 kV T192 y 69 kV Botiflaca‑Suche / Botiflaca‑Anillo Mina. |
Marco legal | Decreto Ley N° 25844, DS N° 009‑93‑EM, DS N° 038‑2014‑EM, Ley N° 30705. |
Publicación oficial | El Peruano, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la expedición. |
Implicaciones para el sector eléctrico peruano
La nueva subestación Cuajone reforzará la capacidad de transmisión en la zona sur del país, facilitando el despacho de energía generada por las operaciones mineras de SPCC. Asimismo, la actualización de los trazados de las líneas existentes optimiza la confiabilidad del sistema y reduce pérdidas técnicas.
Esta quinta modificación representa el último paso de un proceso de más de 30 años de ajustes graduales, demostrando la flexibilidad del marco regulatorio peruano para adaptarse a las necesidades de expansión de infraestructura crítica.
Procedimiento administrativo y próximos pasos
- Firma de la minuta y Escritura Pública por el Director General de Electricidad, en representación del Estado.
- Inscripción de la nueva escritura en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos.
- Publicación de la resolución en “El Peruano” (cumpliendo el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas).
- Inicio de obras bajo el Calendario Garantizado establecido en la cuarta modificación.
Con la aprobación de la quinta modificación, Southern Peru Copper Corporation avanza hacia la puesta en operación comercial de la Subestación Cuajone, fortaleciendo la infraestructura eléctrica del sur del Perú.