Contexto y antecedentes

El 11 de octubre de 2024 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) publicó la Resolución Ministerial N° 390-2024-MINEM/DM, que otorga a Gases del Norte del Perú S.A.C. (GASNORP) el derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre un terreno de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. ubicado en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura.

La solicitud original fue presentada el 18 de marzo de 2022 bajo el Expediente N° 3284151, con el objetivo de disponer de la infraestructura necesaria para la fase de construcción y operación del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura, según el contrato de concesión suscrito el 8 de noviembre de 2019.

Procedimiento administrativo

  • 18-03-2022: Presentación de la solicitud de servidumbre (Expediente N° 3284151).
  • 2024: Emisión del Informe Técnico Legal N° 033-2024-MINEM/DGH-DGGN-DNH por la Dirección General de Hidrocarburos, que verificó el cumplimiento de los requisitos del artículo SH03 del TUO de Procedimientos Administrativos del MINEM.
  • 2024: Solicitud de informe a Petroperú (no emitido) y a la SUNARP, que entregó el Informe Técnico N° 000644-2023-Z.R. N° I-SEDE-PIURA/UREG/CAT, confirmando la coincidencia del predio con la Partida Registral N° 11044222.
  • 11-10-2024: Publicación de la Resolución Ministerial N° 390-2024-MINEM/DM en el diario oficial El Peruano y en el portal www.gob.pe/minem.

Detalle de la servidumbre otorgada

Artículo Área Fase del proyecto Duración del derecho
1 2,246.43 m² (0.2246 ha) Construcción 1 año y 3 meses
2 1,358.92 m² (0.1359 ha) Operación 30 años y 9 meses (hasta el fin del contrato de concesión)

Las coordenadas geográficas UTM y los planos de servidumbre se encuentran en los Anexos I a IV de la resolución.

Marco legal aplicable

La decisión se sustenta en la normativa peruana que regula la actividad de hidrocarburos y la distribución de gas natural, entre la que destacan:

  • Ley Orgánica de Hidrocarburos (Ley N° 26221) y su Texto Único Ordenado (DS 042-2005-EM).
  • Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural (Ley N° 27133).
  • Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (DS 040-2008-EM).
  • Ley de Promoción de las Inversiones (Ley N° 30327) y disposiciones sobre servidumbres para proyectos de energía.
  • Decreto Supremo N° 062-2010-EM, que establece la gratuidad de las servidumbres sobre bienes del Estado, salvo casos especiales.

Obligaciones de GASNORP

El artículo 4 de la resolución recuerda que, a pesar de la gratuidad de la servidumbre, GASNORP debe obtener los permisos ambientales y de seguridad que la normativa exige para sus instalaciones.

Vigencia y publicación

La resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación y constituye título suficiente para la inscripción de la servidumbre en los Registros Públicos.