Concesión definitiva para el proyecto Enlace 220 kV Tingo María – Aguaytía: Línea de Transmisión La Niña S.A.C. Ruben Felix, PhD julio 27, 2024

Concesión definitiva para el proyecto Enlace 220 kV Tingo María – Aguaytía: Línea de Transmisión La Niña S.A.C.

Resumen de la Resolución Ministerial

El 25 de julio de 2024 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la Resolución Ministerial Nº 298-2024-MINEM/DM, otorgando la concesión definitiva a la empresa Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. para desarrollar el proyecto de transmisión eléctrica “Enlace 220 kV Tingo María – Aguaytía, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas”. La obra comprende la construcción y operación de líneas, subestaciones y ampliaciones en los departamentos de Huánuco y Ucayali.

Antecedentes y procedimiento administrativo

  • Expediente Nº 14407123 registrado bajo los documentos Registro Nº 3480608 y sus complementos (Nros. 3504545, 3516100 y 3790399), que formalizan la solicitud de concesión definitiva.
  • Informe Técnico Nº 578-2024-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad.
  • Memorando Nº 00407-2024/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad.
  • Informe Jurídico Nº 0736-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
  • Los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) y su Reglamento DS Nº 009-93-EM fueron verificados y consideraron cumplidos.
  • La resolución fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su expedición, tal como lo exige el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Datos del proyecto

El proyecto “Enlace 220 kV Tingo María – Aguaytía” se sitúa en los distritos de Rupa‑Rupa, Daniel Alomía Robles, Luyando, Hermilio Valdizán, Padre Abad y Boquerón, en las provincias de Leoncio Prado y Padre Abad, abarcando los departamentos de Huánuco y Ucayali.

Características técnicas principales

Salida/Llegada de la Línea de Transmisión Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de Servidumbre (m)
S.E. Leoncio Prado (Nueva Tingo María) – S.E. Aguaytía 220 01 68,3 25
T12NN (LT 220 kV Tingo María – Chaglla) – S.E. Leoncio Prado (Nueva Tingo María) 220 01 0,3 25
S.E. Leoncio Prado (Nueva Tingo María) – T13NN (LT 220 kV Tingo María – Chaglla) 220 01 0,4 25

Subestaciones y ampliaciones

  • S.E. Leoncio Prado (Nueva Tingo María): Subestación convencional aislada en aire (AIS) con doble barra, 4 bahías proyectadas (3 de línea y 1 de acoplamiento) y espacio para 6 bahías futuras. Incluye edificio de control y dos casetas de campo.
  • Ampliación de la S.E. Aguaytía: Tipo AIS con configuración en anillo, pórtico de barras y equipamiento híbrido compacto para la nueva bahía de línea.
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Principales artículos de la Resolución

  1. Artículo 1: Otorga la concesión definitiva a Línea de Transmisión La Niña S.A.C. para el desarrollo del proyecto en los distritos y provincias antes mencionados.
  2. Artículo 2: Señala las características técnicas de los bienes indispensables (tabla de líneas, subestaciones y ampliaciones).
  3. Artículo 3: Aprueba el Contrato de Concesión Nº 618‑2024, compuesto por 19 cláusulas y 3 anexos.
  4. Artículo 4: Autoriza al Director General de Electricidad a suscribir el contrato en representación del Estado.
  5. Artículo 5: Ordena la inserción del texto de la resolución en la Escritura Pública del contrato, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  6. Artículo 6: Dispone la publicación única de la resolución en “El Peruano” por cuenta de la empresa concesionaria.

Impacto y relevancia

Esta concesión fortalece la infraestructura de transmisión en la zona ororiental peruana, contribuye a la seguridad del suministro eléctrico y abre nuevas oportunidades de inversión privada bajo el marco regulatorio vigente.

Para mayor información, consulte la publicación oficial en el Diario Oficial “El Peruano” bajo la referencia 2310239‑1.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2024-MINEM/DM