Concesión temporal a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para estudios de factibilidad de la Línea 220 kV Alba‑San José Ruben Felix, PhD mayo 15, 2024

Concesión temporal a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para estudios de factibilidad de la Línea 220 kV Alba‑San José

Resumen de la Resolución Ministerial Nº 166-2024-MINEM/DM

El 23 de abril de 2024 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la concesión temporal de transmisión a favor de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para desarrollar los estudios de factibilidad de la futura línea de transmisión 220 kV S.E. Alba – S.E. San José, ubicada en los distritos de La Joya y Mollendo (provincia de Arequipa) y Islay (departamento de Arequipa).

Línea de tiempo del procedimiento

  • 26 de enero de 2024: Registro de la solicitud (N° 3659196) de concesión temporal por parte de ALBA S.A.C.
  • Marzo 2024: Emisión del Informe N° 257-2024-MINEM/DGE‑DCE de la Dirección de Concesiones Eléctricas que valida el cumplimiento de requisitos.
  • Abril 2024: Informe N° 00415-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica que ratifica la viabilidad legal.
  • 23 abril 2024: Publicación de la Resolución Ministerial Nº 166‑2024‑MINEM/DM en el diario oficial “El Peruano”.

Marco legal aplicable

La concesión se fundamenta en:

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 23).
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 30).
  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (código CE02‑2).
  • Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM y su Reglamento (DS 031‑2007‑EM).

Detalles de la concesión

Plazo

La autorización tiene una vigencia de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la resolución (hasta abril 2026).

Área geográfica

El área de la concesión está delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, zona 19 Sur):

Vértice Este (m) North (m)
V1 195 271.6300 8 135 368.8300
V2 195 319.6000 8 135 370.7000
V3 195 566.9300 8 135 405.7200
V4 197 898.8900 8 139 558.4800
V5 197 544.3500 8 149 241.3000
V6 196 566.0000 8 152 020.0000
V7 199 634.8000 8 154 080.2700
V8 200 162.1600 8 154 198.4100
V9 200 670.7200 8 153 546.5900
V10 200 965.3700 8 153 614.6300
V11 201 002.5400 8 153 645.0600

Obligaciones del concesionario

  • Realizar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad y medio ambiente.
  • Preservar el Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Entregar los resultados a la Dirección General de Electricidad para su conformidad.
  • Garantizar el cumplimiento del cronograma; en caso de incumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Costear la única publicación de la resolución en “El Peruano”.
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Conclusión

Con esta resolución, el MINEM fortalece la planificación de infraestructura eléctrica en el sur del país, facilitando estudios que podrían conducir a una nueva línea de transmisión 220 kV en la zona de Arequipa. La medida brinda a ALBA S.A.C. el marco legal necesario para avanzar en la fase de factibilidad, mientras garantiza la observancia de normas ambientales y de patrimonio cultural.

Romulo Mucho Mamani – Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2024-MINEM/DM