Resumen ejecutivo
Mediante Resolución Ministerial Nº 368‑2023‑MINEM/DM del 19 de septiembre de 2023, el Ministerio de Energía y Minas otorga a favor de ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión eléctrica en la línea de 220 kV S.E. Jade – S.E. San José, ubicada en los distritos de Mollendo y La Joya, provincias de Islay y Arequipa, departamento de Arequipa.
Antecedentes
El expediente Nº 14407323 contiene la solicitud presentada el 17 de abril de 2023 (Registro Nº 3485922) por ENERGÍA RENOVABLE LA JOYA S.A. para la construcción de la subestación S.E. Jade (220/33 kV), la ampliación de la subestación S.E. San José y la línea de transmisión que conectará la futura Central Solar Fotovoltaica Illa (385 MW) al SEIN.
Fundamento legal
- Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 28 (plazo de 60 días hábiles).
- Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 37.
- Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
- Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
Características técnicas
| Salida/Llegada de la Línea de Transmisión | Tensión (kV) | Nº de Ternas | Longitud (km) | Ancho de Faja de Servidumbre (m) | 
|---|---|---|---|---|
| S.E. Jade – S.E. San José | 220 | 02 | 9,07* (incluye tramo subterráneo de 0,31 km) | 25 | 
| Subestaciones – descripción de características técnicas | ||||
| S.E. Jade | Subestación convencional con patio de llaves a 220 kV y sistema interno de media tensión 33 kV. Configuración de 220 kV: simple barra seccionada; en 33 kV: simple barra partida. | |||
| Ampliación S.E. San José | Instalación de dos celdas de línea con elementos electromecánicos similares a los existentes, dos seccionadores de barra y un interruptor de potencia tipo tanque muerto. | |||
Disposiciones de la Resolución
- Otorgar la concesión definitiva (artículo 1).
- Establecer las características principales de los bienes indispensables (artículo 2).
- Aprobar la Minuta del Contrato de Concesión Nº 602‑2023 (artículo 3).
- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir la minuta y la escritura pública (artículo 4).
- Insertar el texto de la resolución en la escritura pública (artículo 5).
- Ordenar su publicación única en el diario oficial “El Peruano” dentro de los 5 días hábiles, a cuenta de la empresa (artículo 6).
Publicación
La resolución fue firmada por el Ministro de Energía y Minas, Oscar Electo Vera Gargurevich, y será publicada en el diario oficial “El Peruano”.
 
			 
		 
		