Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial N° 330-2023-MINEM/DM, de fecha 11 de agosto de 2023, el Ministerio de Energía y Minas aprueba la modificación de la servidumbre de ocupación de la Subestación Eléctrica de Distribución (SED) N° 7882, a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica titular Luz del Sur S.A.A. La modificación se limita a precisar la ubicación exacta de la subestación en la calle Porta N° 119, distrito de Miraflores, Lima, sin alterar su área ni generar compensación alguna.
Antecedentes
La servidumbre original fue otorgada mediante la Resolución Ministerial N° 200-98-EM/VME, de 21 de abril de 1998, estableciendo la ocupación de la SED N° 7882 en la calle Porta N° 109, cruce con pasaje Porta, Miraflores. En fecha 4 de diciembre de 2017, mediante el documento con Registro N° 2766237, Luz del Sur S.A.A. solicitó la rectificación de la ubicación, indicando que la subestación se encontraba en la calle Porta N° 119, sin modificar su posición física ni el área de servidumbre.
Procedimiento administrativo
Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
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21/04/1998 | Otorgamiento de servidumbre | Resolución Ministerial N° 200-98-EM/VME | Establece servidumbre de ocupación para la SED N° 7882 en calle Porta N° 109. |
04/12/2017 | Solicitud de modificación | Registro N° 2766237 | Luz del Sur solicita rectificar la ubicación a calle Porta N° 119. |
07/06/2023 | Informe de OSINERGMIN | Oficio N° 2919-2023-OS/OR LIMA SUR (Registro N° 3511110) | Conclusión de operatividad y cumplimiento de normativa de seguridad. |
2021-2023 | Informes de la DGE | 557-2021-MINEM/DGE-DCE; 402-2022-MINEM/DGE-DCE; 190-2023-MINEM/DGE-DCE; Memorando N° 01845-2023/MINEM-DGE | Evaluación técnica de la solicitud. |
11/08/2023 | Resolución final | Resolución Ministerial N° 330-2023-MINEM/DM | Aprobación de la modificación de la servidumbre. |
Fundamento legal
- Artículo 111 del Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas): atribución del MINEM para imponer y modificar servidumbres.
- Decreto Supremo N° 009-93-EM: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Ley N° 30705 y su Reglamento DS N° 031-2007-EM: organización y funciones del MINEM.
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM, DS N° 038-2014-EM y sus modificatorias.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se aprueba la modificación de la servidumbre de ocupación de la SED N° 7882, precisando la ubicación en calle Porta N° 119, Miraflores, Lima.
- Artículo 2: La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
- No se genera compensación económica alguna, al no haber ampliación de área ni alteración física.
- Se mantiene la validez de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica titular Luz del Sur S.A.A.
Compensación y terceros involucrados
La Dirección General de Electricidad determinó que la modificación no implica ampliación de área ni alteración física, por lo que no corresponde compensación económica (art. 111 DL 25844). El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) emitió el Oficio N° 2919-2023-OS/OR LIMA SUR, confirmando la operatividad y cumplimiento de la normativa de seguridad de la subestación.
Características técnicas
Elemento | Detalle |
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Nombre de la infraestructura | Subestación Eléctrica de Distribución – SED N° 7882 |
Ubicación exacta | Calle Porta N° 119, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima |
Tipo de servidumbre | Servidumbre de ocupación (gratuita, sin ampliación de área) |
Concesión titular | Luz del Sur S.A.A. |
Fecha de vigencia | 12 de agosto de 2023 (publicación en El Peruano) |
Impacto
La corrección de la ubicación permite una mejor identificación cartográfica y administrativa de la SED 7882, facilitando la gestión de inspecciones y mantenimientos por parte de OSINERGMIN y del MINEM. No se generan costos adicionales ni retrasos en la operación de la concesión de distribución de Luz del Sur, garantizando la continuidad del suministro eléctrico en el distrito de Miraflores.