Concesión definitiva para Subestación Valle del Chira (220/60/22,9 kV) – Puerto Maldonado Transmisora de Energía Ruben Felix, PhD agosto 9, 2023

Concesión definitiva para Subestación Valle del Chira (220/60/22,9 kV) – Puerto Maldonado Transmisora de Energía

Resumen ejecutivo

Mediante Resolución Ministerial Nº 310-2023-MINEM/DM, de 31 de julio de 2023, el Ministerio de Energía y Minas otorga a favor de la empresa Puerto Maldonado Transmisora de Energía S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión eléctrica en el proyecto “Subestación Valle del Chira de 220/60/22,9 kV”, ubicado en el distrito de Miguel Checa, provincia de Sullana, departamento de Piura.

Antecedentes

El 22 de julio de 2021 la empresa y el MINEM suscribieron el Contrato de Concesión del Sistema Complementario de Transmisión “Subestación Valle del Chira de 220/60/22,9 kV”. Posteriormente, con registro Nº 3394888, de 13 de diciembre de 2022, la compañía solicitó el otorgamiento de la concesión definitiva.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
22/07/2021 Firma del Contrato de Concesión del Sistema Complementario de Transmisión Sin número Acuerdo entre la empresa y el MINEM para diseñar, financiar, construir, operar y mantener la subestación.
13/12/2022 Solicitud de concesión definitiva Registro Nº 3394888 Petición formal para obtención de la concesión definitiva.
2023 Informe de la Dirección General de Electricidad Informe Nº 454-2023-MINEM/DGE-DCE Verificación de cumplimiento de requisitos legales.
2023 Segundo informe de la Dirección General de Electricidad Informe Nº 517-2023-MINEM/DGE-DCE Confirmación adicional de requisitos.
2023 Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Informe Nº 0798-2023-MINEM/OGAJ Valoración jurídica de la solicitud.
31/07/2023 Emisión de Resolución Ministerial Resolución Nº 310-2023-MINEM/DM Otorgamiento definitivo de la concesión.

Fundamento legal

  • Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – artículos 25 y 28.
  • Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – artículo 37.
  • Decreto Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, artículo 56, para inserción del texto de la resolución en la escritura pública.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, artículo 54, para publicación en “El Peruano”.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Otorgamiento de la concesión definitiva a Puerto Maldonado Transmisora de Energía S.A.C. para el proyecto “Subestación Valle del Chira de 220/60/22,9 kV”.
  2. Artículo 2: Definición de las características principales de los bienes indispensables (líneas de transmisión y subestaciones).
  3. Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión Nº 598-2023, con 19 cláusulas y 3 anexos.
  4. Artículo 4: Autorización al Director General de Electricidad para suscribir el contrato y la escritura pública correspondiente.
  5. Artículo 5: Inserción del texto de la presente resolución en la escritura pública, conforme al artículo 56 del Reglamento.
  6. Artículo 6: Publicación de la resolución una sola vez en el diario oficial “El Peruano” a cargo de la empresa.

Características técnicas

Elemento Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (m) Ancho de Faja de Servidumbre (m)
S.E. Valle del Chira – E201N (LT 220 kV SE Piura Oeste – SE Pariñas) 220 02 60,5 25
S.E. Valle del Chira – P144N (LT 60 kV SE La Huaca – SE Sullana) 60 02 312 16
Subestaciones – S.E. Valle del Chira 220/60/22,9 kV Configuración de doble barra en 220 kV y 60 kV, transformadores de 50‑65/50‑65/15‑19,5 MVA, celdas de línea, transformadores inductivos y espacio para ampliaciones futuras; en 22,9 kV, barra simple con celdas metal‑clad y transformador de servicios auxiliares.

Impacto

La concesión definitiva permite a la empresa avanzar en la construcción, puesta en servicio y operación de la subestación y líneas asociadas, reforzando la capacidad de transmisión en el norte del país y contribuyendo a la seguridad energética de la zona de Piura y Sullana. Asimismo, se garantiza el cumplimiento de los procedimientos legales y técnicos establecidos por el MINEM.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIóN MINISTERIAL Nº 310-2023-MINEM/DM