Séptima Modificación al Contrato de Concesión N° 029-94 de Electronorte – Exclusión del sector Bambamarca‑Hualgayoc Ruben Felix, PhD julio 8, 2023

Séptima Modificación al Contrato de Concesión N° 029-94 de Electronorte – Exclusión del sector Bambamarca‑Hualgayoc

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial Nº 269-2023-MINEM/DM, de fecha 3 de julio de 2023, el Ministerio de Energía y Minas aprueba la séptima modificación al Contrato de Concesión N° 029‑94 solicitado por Electronorte S.A., con el objetivo de excluir del territorio de la concesión el sector “Bambamarca‑Hualgayoc”, ubicado en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca. La modificación se sustenta en el procedimiento de Silencio Administrativo Positivo (SAP) y en la normativa de concesiones eléctricas.

Antecedentes

El contrato de concesión N° 029‑94 se otorgó Resolución Suprema Nº 003‑95‑EM, estableciendo la actividad de distribución eléctrica de ENSA (Electronorte). Desde entonces, la concesión ha sido modificada en seis oportunidades: Addenda 1 (Resolución Suprema 063‑99‑EM), Addenda 2 (Resolución Suprema 104‑2001‑EM), Addenda 3 (Resolución Suprema 072‑2006‑EM), Addenda 4 (Resolución Suprema 004‑2007‑EM), Addenda 5 (Resolución Suprema 019‑2014‑EM) y la sexta modificación (Resolución Ministerial 282‑2022‑MINEM/DM).

El 7 de abril de 2022 (registro N° 3290823) y el 20 de mayo de 2022 (registro N° 3307485) Electronorte presentó la solicitud de séptima modificación, cuyo objetivo es reducir la zona de concesión excluyendo el sector Bambamarca‑Hualgayoc, de manera que en esa área se ejecuten obras de electrificación rural previstas en el Contrato N° 012‑2021‑MINEM/DGER (firmado el 19 de abril de 2021 entre la DGER y el Consorcio ELEC: ABENGOA PERU S.A. y CHINA INTERNATIONAL WATER & ELECTRIC CORP. – PERU).

Procedimiento administrativo

Fecha Acto Nº documento Comentario
07/04/2022 Presentación de solicitud de séptima modificación Reg. N° 3290823 Solicitud formal de Electronorte para excluir el sector Bambamarca‑Hualgayoc.
20/05/2022 Complemento a la solicitud Reg. N° 3307485 Documentación adicional requerida por la DGE.
22/09/2022 Vencimiento del plazo de respuesta CUADRO N° 01 – MODIFICACIÓN (REDUCCIÓN) DE CONCESIÓNtd>Se agotaron los 30 días hábiles establecidos; se configura SAP.
29/09/2022 Configuración del Silencio Administrativo Positivo Resolución ficta (SAP) El SAP tiene carácter de resolución que pone fin al procedimiento, conforme al art. 199.2 LPAG.
03/07/2023 Emisión de Resolución Ministerial que aprueba la séptima modificación RM N° 269‑2023‑MINEM/DM Ratifica la exclusión del sector y autoriza al Director General de Electricidad la suscripción de la adenda contractual.

Fundamento legal

  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM (TUPA MINEM) – procedimiento de modificación de concesión definitiva.
  • Ley N° 27444, TUO art. 197, 199 y 213 – Silencio Administrativo Positivo y nulidad de oficio.
  • Ley N° 30705 – Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas.
  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, DS N° 009‑93‑EM.
  • Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, DS N° 031‑2007‑EM.
  • Resolución Suprema N° 003‑95‑EM – otorgamiento de la concesión original.
  • Resolución Ministerial N° 282‑2022‑MINEM/DM – sexta modificación al contrato.
  • Artículos 56 y 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – requisitos de inscripción y publicación.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Aprobar la séptima modificación al Contrato de Concesión N° 029‑94, modificando los Anexos 3 y 4 para excluir el sector Bambamarca‑Hualgayoc (Cajamarca).
  2. Artículo 2: Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la adenda contractual y la Escritura Pública correspondiente.
  3. Artículo 3: Insertar el texto de la presente Resolución en la Escritura Pública, conforme al art. 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  4. Artículo 4: Publicar la Resolución una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, a cargo de Electronorte.
  5. Artículo 5: Remitir copia de los actuados a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MINEM para el deslinde de responsabilidades derivado del SAP.

Características técnicas

Elemento Detalle
Sector excluido Bambamarca‑Hualgayoc, distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca.
Objeto de la exclusión Facilitar la ejecución de obras de electrificación rural previstas en el Contrato N° 012‑2021‑MINEM/DGER.
Documentación de referencia Contrato N° 029‑94 (concesión) y Addenda 1‑6 previamente aprobadas.

Impacto

La exclusión del sector Bambamarca‑Hualgayoc permite que la Dirección General de Electrificación Rural (DGER) implemente directamente obras de electrificación rural, sin la intervención de la concesión de distribución. Esto agiliza la puesta en servicio de energía eléctrica en comunidades rurales de Cajamarca, contribuye al cumplimiento de los objetivos de universalización eléctrica y al desarrollo socio‑económico de la zona.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2023-MINEM/DM