Tercera Modificación del Contrato de Concesión N° 190-2001 – Tarucani Generating Company S.A. Ruben Felix, PhD mayo 25, 2023

Tercera Modificación del Contrato de Concesión N° 190-2001 – Tarucani Generating Company S.A.

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial N° 202‑2023‑MINEM/DM, de Lima, 18 de mayo de 2023, aprueba la Tercera Modificación del Contrato de Concesión N° 190‑2001 presentado por Tarucani Generating Company S.A. La decisión modifica el calendario de ejecución de obras de la Central Hidroeléctrica Tarucani, autoriza al Director General de Electricidad a suscribir la adenda correspondiente y ordena su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Antecedentes

El Expediente N° 11083098 contempla la concesión definitiva para la generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tarucani (provincia de Caylloma, Arequipa). La concesión original, otorgada mediante Resolución Suprema N° 125‑2001‑EM (21 jul 2001), estableció una potencia instalada de 100 MW y una puesta en operación comercial (POC) para diciembre 2004.

Primera modificación (RS 033‑2006‑EM, 07 jul 2006) por fuerza mayor redujo la potencia a 49 MW y fijó nuevo inicio de obras (31 ene 2007) y POC (01 feb 2009).

Segunda modificación (RS 021‑2011‑EM, 07 abr 2011) amplió el plazo de ejecución, estableciendo que el inicio de obras debía ocurrir a los 24 meses de la publicación y la POC a más tardar a los 50 meses.

En 20 jun 2013 la Concesionaria presentó el documento de registro N° 2302521 solicitando una nueva modificación, alegando demora del MINEM en la imposición de servidumbre (registro N° 2312292). Al no recibir respuesta dentro del plazo legal, se configuró Silencio Administrativo Positivo (SAP) en 2015.

El 23 jul 2021, mediante Resolución Ministerial N° 258‑2021‑MINEM/DM, se calificaron como fuerza mayor los eventos invocados por la Concesionaria (demanda contenciosa administrativa del GR de Arequipa y pérdida del cierre financiero).

Con base en esa calificación, la Concesionaria presentó, el 15 sep 2021, el documento de registro N° 3206043 solicitando la tercera modificación del contrato, para extender los hitos del calendario de obras.

El procedimiento quedó bajo el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS 038‑2014‑EM), que establece un plazo máximo de 120 días hábiles, sujeto a SAP. El plazo venció el 28 abr 2022 y el SAP se configuró el 05 may 2022.

Los informes de la DGE (N° 054‑2022‑MINEM/DGE‑DCE, N° 110‑2022‑MINEM/DGE‑DCE, N° 200‑2022‑MINEM/DGE‑DCE, N° 615‑2022‑MINEM/DGE‑DCE, N° 0308‑2023‑MINEM‑DGE) y de la OGAJ (N° 0514‑2023‑MINEM/OGAJ) confirmaron la inexistencia de causales de nulidad y la necesidad de emitir la resolución ministerial que apruebe la adenda.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto Número de documento Comentario
20/06/2013 Solicitud de modificación de concesión Reg. N° 2302521 Demora en imposición de servidumbre; generó SAP en 2015.
23/07/2021 Resolución Ministerial – Calificación de fuerza mayor RM 258‑2021‑MINEM/DM Se reconocen como fuerza mayor la demanda contenciosa del GR Arequipa y la pérdida del cierre financiero.
15/09/2021 Solicitud de tercera modificación de concesión Reg. N° 3206043 Se pide extender fechas del calendario de obras basándose en la fuerza mayor reconocida.
28/04/2022 Fin del plazo administrativo (según TUPA MINEM) Memorando N° 00343‑2022/MINEM‑DGE Se configura SAP el 05/05/2022.
18/05/2023 Resolución Ministerial que aprueba la tercera modificación RM 202‑2023‑MINEM/DM Aprueba la adenda al Contrato N° 190‑2001 y autoriza su suscripción.

Fundamento legal

  • Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (LCE).
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la LCE (RLCE).
  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (TUPA).
  • Decreto Supremo N° 004‑2019‑JUS – Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 (LPAG).
  • Ley N° 30705 – Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Artículo 197 y 199 del TUO de la LPAG (SAP como resolución).
  • Artículo 56 del RLCE – Requisitos de inserción de resoluciones en la escritura pública.
  • Artículo 54 del RLCE – Publicación en El Peruano.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Aprobar la Tercera Modificación del Contrato de Concesión N° 190‑2001 (cláusula 6.2.12, cláusula 11, Anexo 2‑3, Anexo 4).
  2. Artículo 2: Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir la adenda y la escritura pública correspondiente.
  3. Artículo 3: Insertar el texto de esta resolución en la escritura pública, conforme al artículo 56 del RLCE.
  4. Artículo 4: Ordenar la publicación única en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles, a cargo de la empresa.
  5. Artículo 5: Remitir copia de los actuados a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MINEM para el deslinde de responsabilidades por el SAP generado en los procedimientos N° 2302521 y N° 3206043.

Alegaciones no acogidas o no evaluadas

No se identificaron alegaciones de la Concesionaria que el MINEM no haya evaluado o rechazado en el presente procedimiento.

Características técnicas

Elemento Valor
Potencia instalada original 100 MW
Potencia después de la 1ª modificación 49 MW
Ubicación del recurso hídrico Desembocadura del túnel terminal del Proyecto Majes‑Quebrada Huasamayo, provincia de Caylloma, Arequipa
Fecha de inicio de obras (según 2ª modificación) 24 meses posteriores a la publicación de RS 021‑2011‑EM
Fecha límite de POC (según 2ª modificación) 50 meses posteriores a la publicación de RS 021‑2011‑EM

Impacto

La aprobación de la tercera modificación permite a Tarucani Generating Company S.A. ajustar el calendario de ejecución de obras sin necesidad de nueva autorización administrativa, garantizando la continuidad del proyecto y la alineación con los plazos establecidos por el SAP. Asimismo, se evita la apertura de procesos de nulidad de oficio, asegurando la certeza jurídica del contrato y la inversión en la Central Hidroeléctrica Tarucani, contribuyendo al suministro de energía en la zona sur del país.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2023-MINEM/DM