Concesión temporal para estudios de factibilidad de Central Eólica Ayllu 600 MW Ruben Felix, PhD abril 12, 2023

Concesión temporal para estudios de factibilidad de Central Eólica Ayllu 600 MW

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial N.º 143‑2023‑MINEM/DM, publicada el 3 de abril de 2023, el Ministerio de Energía y Minas otorga a la empresa ENERGÍA AYLLU S.A.C. una concesión temporal de veinticuatro (24) meses para desarrollar los Estudios de Factibilidad del proyecto “Central Eólica Ayllu 600 MW”, con capacidad instalada estimada de 600 MW, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica.

Antecedentes

El 24 de enero de 2023 la empresa ENERGÍA AYLLU S.A.C. presentó, bajo registro N.º 3423350, la solicitud de concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad del mencionado proyecto eólico. Dicha solicitud quedó formalizada en el Expediente N.º 27406023. Los estudios se desarrollarán dentro de la zona delimitada por coordenadas UTM (WGS‑84) Zona 18 Sur, presentadas en la resolución.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
24/01/2023 Registro de solicitud 3423350 Presentación de la solicitud de concesión temporal por ENERGÍA AYLLU S.A.C.
24/01/2023 Creación de expediente 27406023 Expediente que contiene la solicitud y documentación de respaldo.
2023 (fecha no especificada) Informe de la Dirección General de Electricidad 195‑2023‑MINEM/DGE‑DCE Conclusión de cumplimiento de requisitos técnicos y legales.
2023 (fecha no especificada) Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica 0391‑2023‑MINEM/OGAJ Evaluación jurídica y recomendación de otorgamiento.
03/04/2023 Resolución Ministerial 143‑2023‑MINEM/DM Otorgamiento de la concesión temporal y fijación de condiciones.

Fundamento legal

  • Decreto Ley N.º 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, Artículo 23.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, DS N.º 009‑93‑EM, Artículo 30.
  • Ley N.º 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas.
  • Decreto Supremo N.º 031‑2007‑EM, Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM, DS N.º 038‑2014‑EM.
  • Resolución Directoral N.º 046‑2010‑EM/DGE y demás normas vinculantes al sector eléctrico.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Otorgamiento de la concesión temporal por 24 meses, contados a partir de la publicación de la resolución.
  2. Artículo 2: Delimitación del área de la concesión mediante ocho (8) vértices con coordenadas UTM (WGS‑84) zona 18 Sur.
  3. Artículo 3: Obligación de realizar los estudios respetando normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural.
  4. Artículo 4: Fiscalización por las entidades competentes en caso de incumplimiento.
  5. Artículo 5: Ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en caso de incumplimiento del cronograma o de la renovación de la garantía.
  6. Artículo 6: Publicación única de la resolución en el diario oficial El Peruano a cargo de la empresa.

Características técnicas

Vértice Este (m) North (m)
V1 416384.8284 8369263.6085
V2 425022.0000 8375523.0000
V3 427211.7775 8373937.8573
V4 445230.4083 8372066.8998
V5 443831.0821 8364234.0127
V6 439622.8625 8363117.8531
V7 438053.4185 8357958.1800
V8 434656.9203 8358580.7265
V9 427575.0000 8362098.0000

Capacidad estimada del proyecto: 600 MW. Plazo de la concesión: 24 meses a partir del 3 abril 2023.

Impacto

La concesión permite a ENERGÍA AYLLU S.A.C. avanzar en la fase de factibilidad de una central eólica de gran escala en Ica, contribuyendo al objetivo nacional de diversificación de la matriz energética y al cumplimiento de los compromisos de energías renovables. La delimitación clara de la zona y los requisitos técnicos garantizan la protección ambiental y del patrimonio cultural durante la ejecución de los estudios.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2023-MINEM/DM