Resolución MINEM 036-2023 concede servidumbres de gas a GASNORP en Sechura, Piura Ruben Felix, PhD enero 31, 2023

Resolución MINEM 036-2023 concede servidumbres de gas a GASNORP en Sechura, Piura

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial Nº 036-2023-MINEM/DM, de fecha 30 de enero de 2023, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) constituyó a favor de Gases del Norte del Perú S.A.C. (GASNORP) derechos de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre un predio de la Municipalidad Provincial de Sechura, Piura. La resolución establece áreas, plazos de afectación, indemnización de S/ 4,182 y deja sin efecto la medida cautelar de la Resolución Ministerial N° 112-2021-MINEM/DM.

Antecedentes

El 24 de julio de 2019, la Resolución Suprema N° 007-2019-EM otorgó a GASNORP la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura, formalizada mediante contrato de concesión suscrito el 8 de noviembre de 2019. Posteriormente, GASNORP presentó el escrito registro N° 3088389 solicitando la constitución de servidumbres sobre el predio municipal de Sechura (Partida Registral N° 11206748, Zona Registral I – Sede Piura). El procedimiento se rige por el ítem SH03 del TUPA del MINEM (DS 038-2014-EM).

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
30/01/2023 Emisión de resolución ministerial Resolución Ministerial N° 036-2023-MINEM/DM Constitución de servidumbres y determinación de indemnización.
20/08/2021 Designación de entidad tasadora Resolución Directoral N° 316-2021-MINEM/DGH Se designa al Colegio de Ingenieros del Perú.
27/01/2022 Informe de valoración pericial Carta N° 1200-2021/CP/CIP/CDL (Reg. 3256863) Indemnización S/ 4,182.00.
07/05/2021 Informe técnico municipal Oficio N° 0293-2021-MPSA-A Identificación de fin útil (Cámara de Bombeo) y observación de estructuras.
16/02/2021 Observaciones SUNARP Oficio N° 232-2021-MINEM/DGH Se remiten observaciones a GASNORP.
23/02/2021 Respuesta a observaciones Carta S/N (Reg. 3124072) GASNORP absuelve observaciones SUNARP.
03/05/2021 Informe GORE Piura Oficio N° 456-2021/GRP-490000 Confirma inexistencia de superposiciones gráficas.
2021 (varios) Oficios de requerimiento a municipal 1233-2020-MINEM/DGH; 039-2021-MINEM/DGH; 340-2021-MINEM/DGH Solicitud de información sobre fin útil del predio.
2022 Informe Técnico Legal Inf. Técnico Legal N° 170-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH Confirmación de admisibilidad de la solicitud.
2023 Memorándum de confirmación Memorándum N° 043-2023/MINEM-DGH Ratifica contenidos del informe técnico legal.

Fundamento legal

  • Art. 79 y 82 del TUO de la Ley N° 26221 (Decreto Supremo 042-2005-EM) – Servicio público de distribución de gas y gestión de servidumbres.
  • Art. 83 del mismo TUO – Servidumbre legal de paso.
  • Art. 85 del TUO del Reglamento de Distribución (DS 040-2008-EM) – Derecho del concesionario a usar bienes públicos a título gratuito.
  • Art. 96 del TUO del Reglamento – Plazo de 20 días para observaciones de entes públicos.
  • Arts. 101, 102 y 103 del TUO del Reglamento – Valorización, indemnización y causales de resolución.
  • Art. 1 del DS 062-2010-EM – Gratuidad de servidumbres sobre bienes del Estado salvo fin económico útil.
  • Art. 4 de la Ley N° 27133 – Interés nacional del desarrollo de la del gas.
  • Art. 4 de la Ley N° 30327 y su Sexta Disposición Complementaria Final – Procedimiento mediante resolución ministerial.
  • Art. VIII, numeral 1 del TUO de la Ley N° 27444 (DS 004-2019-JUS) – Obligatoriedad de resolver.
  • Art. 612 del Código Procesal Civil – Extinción de medida cautelar.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1 y 2: Se constituyen servidumbres de ocupación, paso y tránsito a favor de GASNORP sobre 107.24 m² (fase de construcción) y 67.24 m² (fase de operación) en el predio municipal de Sechura (Coordenadas UTM en Anexos I‑IV).
  2. Artículo 3: Plazo de afectación: 1 año + 3 meses para la fase de construcción; 30 años + 9 meses para la fase de operación, coincidente con la vigencia restante del contrato de concesión (32 años desde 08/11/2019).
  3. Artículo 4: Indemnización total de S/ 4,182.00, a ser pagada por GASNORP al propietario municipal o consignada judicialmente, conforme a los arts. 93 y 102 del Reglamento.
  4. Artículo 5: GASNORP debe obtener todas las autorizaciones ambientales y de seguridad requeridas.
  5. Artículo 6: Se deja sin efecto la medida cautelar de la Resolución Ministerial N° 112-2021-MINEM/DM (16/04/2021).
  6. Artículo 7: La presente resolución constituye título suficiente para inscripción registral.
  7. Artículo 8: Entrada en vigencia el día siguiente a su publicación.
  8. Artículo 9: Publicación en el portal institucional del MINEM y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Compensación y terceros involucrados

La indemnización de S/ 4,182.00 fue valorada por el Colegio de Ingenieros del Perú, designado mediante Resolución Directoral N° 316-2021-MINEM/DGH. El propietario del predio, la Municipalidad Provincial de Sechura, manifestó que el área tiene un fin útil (Cámara de Bombeo) y, por tanto, la servidumbre no es gratuita; se exige el pago de la indemnización. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) emitió observaciones (Informe N° 628-2021) que fueron atendidas por GASNORP. El Gobierno Regional de Piura (GORE Piura) corroboró la ausencia de superposiciones gráficas. Todas estas entidades colaboraron en la validación y registro de la servidumbre.

Características técnicas

Concepto Detalle
Área (Construcción) 107.24 m² (0.0107 ha)
Área (Operación) 67.24 m² (0.0067 ha)
Coordenadas UTM Indicadas en Anexo I (construcción) y Anexo III (operación)
Predio Municipal Provincial de Sechura, Piura – Partida Registral 11206748, Zona I – Sede Piura
Fases Construcción – 1 año 3 meses; Operación – 30 años 9 meses (vigencia restante del contrato de concesión)

Impacto

La constitución de las servidumbres permite la expansión de la red de gas natural en la región Piura, garantizando la continuidad del suministro tanto para usuarios residenciales como industriales. El cumplimiento de los plazos y la indemnización establecida aseguran la alineación con la normativa de hidrocarburos y de procedimientos administrativos, evitando retrasos en la ejecución del proyecto de distribución y fortaleciendo la seguridad jurídica del concesionario.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 036-2023-MINEM/DM