Calificación de fuerza mayor por problemas en la cadena de suministro de paneles solares – Resolución Ministerial 143-2022-MINEM Ruben Felix, PhD abril 13, 2022

Calificación de fuerza mayor por problemas en la cadena de suministro de paneles solares – Resolución Ministerial 143-2022-MINEM

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial N° 143-2022-MINEM/DM, de fecha 6 de abril de 2022, calificó como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19” invocado por CSF Continua Chachani S.A.C. Asimismo aprobó la primera modificación al Contrato de Concesión N° 550‑2020 de la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Chachani – S.E. San José, autorizó su suscripción y dispuso su publicación en el diario oficial.

Antecedentes

Mediante Resolución Ministerial N° 246-2020-MINEM/DM (publicada el 5 de septiembre de 2020) se otorgó a CSF Continua Chachani S.A.C. la concesión definitiva para la transmisión eléctrica en la línea de 220 kV S.E. Chachani – S.E. San José y la S.E. Chachani, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa. Se suscribió el Contrato de Concesión N° 550‑2020, estableciendo los hitos “inicio de obra” (14 enero 2021) y “puesta en operación comercial” (18 octubre 2021).

El 10 de junio de 2021 (registro N° 3156649) y posteriormente los 7 octubre 2021 (registro N° 3212603) y 27 octubre 2021 (registro N° 3219666), CSF Continua Chachani S.A.C. solicitó la primera modificación de la concesión, invocando el evento de fuerza mayor antes mencionado, y propuso prorrogar los hitos a 10 enero 2022 y 14 octubre 2022.

Los informes y memorandos relevantes que acompañan la solicitud son: Informes N° 671‑2021‑MINEM/DGE‑DCE, N° 001‑2022‑MINEM/DGE‑DCE, Memorando N° 00332‑2022‑MINEM‑DGE, Informe N° 0067‑2022‑MINEM/OGAJ y Memorando N° 00265‑2022‑MINEM‑OGAJ.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
10/06/2021 Solicitud de modificación (evento de fuerza mayor) 3156649 Invocación de problemas en la cadena de suministro de paneles solares por COVID‑19.
07/10/2021 Documento complementario 3212603 Ampliación de la solicitud.
27/10/2021 Documento complementario 3219666 Continúa la argumentación.
22/12/2021 Vencimiento del plazo de pronunciamiento (DGE) Se configura el Silencio Administrativo Positivo (SAP).
30/12/2021 Silencio Administrativo Positivo (resolución ficta) Procedimiento considerado aprobado por SAP.
06/04/2022 Emisión de la Resolución Ministerial 143-2022-MINEM/DM Calificación de fuerza mayor y aprobación de la modificación contractual.

Fundamento legal

  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM (Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM).
  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 36 literal b)).
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
  • Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 (LPAG) – artículos 197, 199, 213 y sus numerales aplicables al Silencio Administrativo Positivo.
  • Código Civil, artículos 1315 y 1317 (caso fortuito o fuerza mayor).
  • Cláusula Décimo Cuarta del Contrato de Concesión N° 550‑2020.
  • Cláusulas Séptima y Décimo Segunda del Contrato – modificadas por la presente Resolución.
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se califica como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19”.
  2. Artículo 2: Se aprueba la minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 550‑2020, modificando las cláusulas Séptima y Décimo Segunda y el Anexo N° 4.
  3. Artículo 3: Se autoriza al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la minuta aprobada y la Escritura Pública correspondiente.
  4. Artículo 4: Se ordena insertar el texto de la presente Resolución en la Escritura Pública de la Primera Modificación, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  5. Artículo 5: Se dispone la publicación única de la Resolución en el diario oficial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores, a cargo de CSF Continua Chachani S.A.C.
  6. Artículo 6: Se remiten copias de los actuados a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MINEM para el deslinde de responsabilidades derivadas del SAP.

Características técnicas

Elemento Detalle
Tipo de obra Línea de transmisión eléctrica
Voltaje 220 kV
Recorrido S.E. Chachani – S.E. San José (incluye la S.E. Chachani)
Ubicación Distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa
Contrato de Concesión N° 550‑2020

Impacto

La calificación de fuerza mayor permite a CSF Continua Chachani S.A.C. prorrogar los hitos críticos del proyecto sin incurrir en la caducidad automática de la concesión, garantizando la continuidad del proceso de transmisión eléctrica en la zona sur del país. Además, la aprobación de la modificación contractual brinda certeza jurídica y operativa, alineando la ejecución del proyecto con las condiciones de mercado afectadas por la pandemia y evitando posibles sanciones por incumplimiento.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 143-2022-MINEM/DM