Resolución MINEM 100‑2022 aprueba a Línea de Transmisión La Niña S.A.C. en el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV Ruben Felix, PhD marzo 16, 2022

Resolución MINEM 100‑2022 aprueba a Línea de Transmisión La Niña S.A.C. en el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV

Resumen ejecutivo

Con Resolución Ministerial Nº 100‑2022‑MINEM/DM, de 11 de marzo de 2022, el Ministerio de Energía y Minas aprueba a la empresa CONCESIONNEA DE TRANSMISIÓN LA NIÑA S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV en el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”.

Antecedentes

El proyecto, identificado como “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, consiste en la construcción de una línea de transmisión de 220 kV que interconecta la zona de Pariñas con el distrito de Nueva Tumbes, incluye subestaciones y obras ampliatorias. La inversión total aprobada asciende a US$ 32 572 343 (sin IGV) y se ejecutará en 3 años, 8 meses y 26 días, del 26 de junio 2020 al 23 de marzo 2024.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
26‑06‑2020 Presentación de solicitud de acogimiento al Régimen Especial Solicitada ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión).
27‑08‑2020 Oficio de remisión de expediente al MINEM 442‑2020‑PROINVERSIÓN/DSI (Registro N° 3064953) Se anexan Informe Técnico N° 68‑2020‑DSI y Informe Legal072‑2020/DSI.
06‑11‑2020 Remisión de informe del MEF 2344‑2020‑EF/13.01 (Registro N° 3091274) Informe N° 0079‑2020‑EF/61.03 con listado de servicios y contratos susceptibles.
27‑11‑2020 Oficio de observaciones de la DGE 1483‑2020‑MINEM/DGE Se informa a Proinversión que la solicitud tiene observaciones y no puede.
21‑01‑2021 Informe Técnico‑Legal de Proinversión 52‑2021‑PROINVERSIÓN/DSI (Registro N° 3115223) Conclusión sobre la procedencia del requerimiento tras observaciones de la DGE.
06‑04‑2021 Nuevo informe del MEF 654‑2021‑EF/13.01 (Registro N° 3134548) Informe N° 0018‑2021‑EF/61.03 con nuevo listado de servicios y contratos.
14‑04‑2021 Oficio de requerimiento de ajustes a la DGE 0611‑2021‑MINEM/DGE Se solicita remitir un nuevo cronograma de ejecución de inversiones.
27‑04‑2021 Resolución Ministerial de suspensión de plazos 123‑2021‑MINEM/DM Se suspenden 87 días los plazos del Anexo 7 del contrato del proyecto.
11‑05‑2021 Informe Técnico‑Legal de Proinversión 431‑2021‑PROINVERSIÓN/DSI (Registro N° 3145972) Conclusión final sobre la procedencia del régimen especial.
14‑06‑2021 Nuevas observaciones de la DGE 1012‑2021‑MINEM/DGE Se comunican observaciones adicionales al cronograma de ejecución.
01‑07‑2021 Informe Técnico‑Legal de Proinversión 648‑2021‑PROINVERSIÓN/DSI (Registro N° 3165610) Se concluye sobre la procedencia del Régimen Especial tras las observaciones de la DGE.
11‑03‑2022 Resolución Ministerial de aprobación 100‑2022‑MINEM/DM Se aprueba a LINEA DE TRANSMISIÓN LA NIÑA S.A.C. como empresa calificada para el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV.
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Fundamento legal

  • Decreto Legislativo N° 973, art. 3, numeral 3.1 – establece la posibilidad de acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV.
  • Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por DS 084‑2007‑EF, art. 2 y art. 5, numeral 5.2 – determina requisitos y compromiso de inversión.
  • Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Ley N° 30705 – Ley General del Sistema Eléctrico Nacional.
  • Artículo 6 del Reglamento del D.L. 973 – modifica la lista de servicios y contratos de construcción.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se aprueba a CONCESIONARIA LÍNEA DE TRANSMISIÓN LA NIÑA S.A.C. como empresa calificada para el artículo 3 del D.L. 973.
  2. Artículo 2.1: Monto total de inversión aprobado: US$ 32 572 343, sin IGV.
  3. Artículo 2.2: Plazo de ejecución de 3 años, 8 meses y 26 días (26 jun 2020 – 23 mar 2024) con período de pruebas 01 feb 2024 – 23 mar 2024.
  4. Artículo 3: Se define el alcance del Régimen Especial – bienes de capital, intermedios, servicios y contratos de construcción que aparecen en el Anexo II y que serán utilizados directamente en el proyecto.
  5. Se autoriza la recuperación anticipada del IGV conforme a lo dispuesto en el D.L. 973 y su Reglamento, aplicable a todas las adquisiciones realizadas a partir del 26 jun 2020.

Características técnicas

Elemento Detalle
Voltaje 220 kV
Tramo Pariñas – Nueva Tumbes
Tipo de obra Línea de transmisión, subestaciones y ampliaciones asociadas
Inversión total US$ 32 572 343 (sin IGV)
Plazo de ejecución 26 jun 2020 – 23 mar 2024

Impacto

La aprobación permite a la empresa recuperar anticipadamente el IGV incurrido en la adquisición de bienes y servicios catalogados en el Anexo II, reduciendo el costo financiero del proyecto y favoreciendo la pronta puesta en operación de la línea de transmisión 220 kV, lo que contribuye a la expansión del sistema eléctrico nacional y al desarrollo energético de la zona norte del país.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2022-MINEM/DM