Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial Nº 030‑2022‑MINEM/DM de fecha 24 de enero de 2022, el Ministerio de Energía y Minas constituyó a favor de la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. (GASNORP) un derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre dos áreas del predio de propiedad del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) en el distrito de Piura, para las fases de construcción y operación del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos.
Antecedentes
La Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura se otorgó a GASNORP mediante Resolución Suprema Nº 007‑2019‑EM y el contrato de concesión suscrito el 8 de noviembre de 2019. Con base en el Reglamento de Distribución de Gas Natural (Decreto Supremo Nº 040‑2008‑EM) y el Decreto Supremo Nº 062‑2010‑EM, la empresa solicitó el establecimiento de servidumbre sobre el predio inscrito bajo la Partida Registral Nº 04016453 (Zona Registral I – Sede Piura). La solicitud, identificada con el registro Nº 3129705, incluyó pedido de medida cautelar de entrega anticipada de áreas.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 31‑mar‑2021 | Oficio de MIDAGRI | 0418‑2021‑MIDAGRI‑SG/OGA | El predio no está inmerso en proyecto ni fin útil. |
| 12‑may‑2021 | Oficio de MIDAGRI | 0606‑2021‑MIDAGRI‑SG/OGA | Reitera ausencia de proceso económico sobre el predio. |
| 22‑abr‑2021 | Oficio de SUNARP | 080‑2021‑SUNARP‑ZRN I/UREG | Observaciones a la solicitud de servidumbre. |
| 09‑jun‑2021 | Oficio del MINEM (DGH‑DGGN) | 224‑2021‑MINEM/DGH‑DGGN | Transmisión de observaciones SUNARP a GASNORP. |
| 09‑jul‑2021 | Oficio del MINEM (DGHDGGN) | 246‑2021‑MINEM/DGHDGGN | Segunda transmisión de observaciones SUNARP a GASNORP. |
| 11‑jun‑2021 | Respuesta de GASNORP | Registro Nº 3157325 | Atiende observaciones de SUNARP. |
| 23‑jul‑2021 | Respuesta de GASNORP | Registro Nº 3177931 | Atiende segunda observación SUNARP. |
| 24‑ene‑2022 | Resolución Ministerial | 030‑2022‑MINEM/DM | Constitución de servidumbre de ocupación, paso y tránsito. |
Fundamento legal
- Ley N° 30327 – Ley de Promoción de la Inversión.
- Decreto Supremo Nº 042‑2005‑EM – Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221 (Ley Orgánica de Hidrocarburos).
- Decreto Supremo Nº 040‑2008‑EM – Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (TUO).
- Decreto Supremo Nº 062‑2010‑EM – Gratitud de servidumbres sobre predios del Estado.
- Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
- Decreto Supremo Nº 004‑2019‑JUS – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Resolución Suprema Nº 007‑2019‑EM – Otorgamiento de la Concesión a GASNORP.
- Cláusula 4 del Contrato de Concesión – Duración de la concesión (32 años).
- Artículo 103 del Reglamento de Distribución – Causales de resolución del contrato.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Constitution del derecho de servidumbre sobre 5,437.17 m² (0.5437 Ha) para la fase de Construcción, con coordenadas UTM y plano en los Anexos I y II.
- Artículo 2: Constitution del derecho de servidumbre sobre 4,088.71 m² (0.4089 Ha) para la fase de Operación, con coordenadas UTM y plano en los Anexos III y IV.
- Artículo 3: Plazo de afectación – 1 año + 3 meses (1.25 años) para la fase de Construcción; 32 años, contados desde la Puesta en Operación Comercial, para la fase de Operación.
- Artículo 4: GASNORP deberá obtener todas las autorizaciones, permisos y cumplir normas ambientales y de seguridad aplicables.
- Artículo 5: La presente Resolución constituye título suficiente para la inscripción de la servidumbre en los Registros Públicos.
- Artículo 6: Entrada en vigencia al día siguiente de su publicación.
- Artículo 7: Publicación obligatoria en el portal institucional del MINEM y en el Diario Oficial “El Peruano”.
Características técnicas
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Área – Construcción | 5,437.17 m² (0.5437 Ha) |
| Área – Operación | 4,088.71 m² (0.4089 Ha) |
| Predio | Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – Partida Registral Nº 04016453, Zona Registral I – Sede Piura. |
| Coordenadas geográficas | UTM – especificadas en Anexos I‑IV de la Resolución. |
| Vigencia | 1 año + 3 meses (Construcción) / 32 años (Operación). |
Impacto
La servidumbre permite a GASNORP ejecutar las obras de construcción y operar el Sistema de Distribución de Gas Natural en la región Piura, garantizando la continuidad del suministro y el cumplimiento de los plazos contractuales. Asimismo, al tratarse de servidumbre gratuita sobre predio estatal, se preserva el patrimonio público sin incurrir en compensaciones económicas, cumpliendo con el Decreto Supremo Nº 062‑2010‑EM.